Última actualización: 2024-11-30

Contraste:

AltoNormal

Facebook Portal Marítimo Colombiano Instagram Portal Marítimo Colombiano Twitter Portal Marítimo ColombianoYoutube Portal Marítimo ColombianoLinkedIn Portal Marítimo Colombiano


Logo Dimar
Logo Ministerio de Defensa
Logo Gobierno de Colombia

Gente de Mar

La Gente de Mar son todas aquellas personas que brindan un servicio dentro de una embarcación o prestan apoyo desde tierra.

30/11/2024 - 04:55

La Dirección General Marítima (Dimar) desempeña las siguientes funciones, relativas a la Gente de Mar:

  1. Establecer los lineamientos generales de acuerdo con la normatividad internacional sobre formación y capacitación de la Gente de Mar y personal que ejecute actividades marítimas de apoyo en tierra.
  2. Asesorar a los centros de formación, capacitación y entrenamiento de la Gente de Mar, en cuanto a sus planes, programas, pensum y cursos de ascenso.
  3. Tramitar, inscribir y expedir los títulos y refrendos a los egresados de los respectivos centros de formación (oficiales y marinería). También estudiar, conceptuar y tramitar la homologación y convalidación de títulos académicos y profesionales de áreas afines.
  4. Autorizar, inscribir y controlar el ejercicio profesional de las personas naturales dedicadas a actividades marítimas.
  5. Tramitar y expedir la licencia de los peritos marítimos según la especialidad.

La actividad marítima de practicaje es obligatoria para todos los buques de bandera nacional y extranjera que tienen más de doscientas (200) toneladas de registro bruto al ingresar a áreas marítimas de navegación restringida. Esto se debe a que las condiciones de navegación demandan conocimientos especiales y detallados de las características hidrográficas, oceanográficas y meteorológicas del área de tránsito, con el fin de garantizar la seguridad de la vida humana en el mar, la prevención de la contaminación marina y la integridad del material involucrado.

Para realizar consultas de Gente de Mar diríjase a la Subdirección de Marina Mercante (dimar@dimar.mil.co) o a la Capitanía de Puerto más cercana a su lugar de residencia. También puede llamar al teléfono +57 (1) 220 0490 extensión 2454.

Actualmente los inspectores que cumplen con los requisitos para realizar investigaciones científicas o tecnológicas marinas en espacios marítimos de jurisdicción colombiana se pueden consultar aquí.

Printer Friendly, PDF & Email