DECRETO 1609 DE 2015
Por el cual se modifican las directrices generales de técnica normativa de que trata el Título 2 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República.
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Por el cual se modifican las directrices generales de técnica normativa de que trata el Título 2 de la Parte 1 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector de la Presidencia de la República.
Por el cual se adiciona el capítulo 15 al Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, relacionado con la Apertura de Matrícula Inmobiliaria de Bienes Baldíos.
Por el cual se reglamenta parcialmente el artículo 88 de la Ley 1617 de 2013 sobre la Declaratoria de Recursos Turísticos en los Distritos Especiales y se adicionan unas disposiciones al Decreto 1074 de 2015, Único Reglamentario del Sector Comercio, Industria y Turismo.
Por el cual se modifica la numeración del Capítulo 15 del Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto 1069 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho, denominado Apertura de Matrícula Inmobiliaria de Bienes Baldíos.
Por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional.
Por la cual se establece el trámite y procedimiento de las solicitudes para realizar tendidos de cables submarinos de fibra óptica en los espacios marítimos jurisdiccionales colombianos
Por la cual se crea una zona de fondeo para espera, amarrar y desamarrar convoyes de barcazas en un sector dentro de los 27 kilómetros del Río Magdalena jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla
Por la cual se modifican las Resoluciones números 372 del 13 de septiembre de 2001, 0405 del 11 de octubre de 2001, y se adiciona la Resolución número 0473 del 22 de septiembre de 2014, en el sentido de crear una zona de fondeo para embarcaciones menores en el sector de Puerto Zúñiga, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta.
Mediante la cual se establece el equipo obligatorio de seguridad que deben llevar a bordo las naves catalogadas como de recreo o deportivas, y se dictan otras disposiciones.
Por la cual se modifican Resoluciones 372 del 13 de septiembre de 2001 y 124 del 27 de junio de 2002, y se unifican las áreas de fondeo en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Puerto Bolívar, Guajira.