Última actualización: 2024-05-18

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Transporte marítimo internacional

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  • 18/05/2024 - 04:48

    De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley N° 2324 de 1984 y en el Decreto 1079 de 2015 y los artículos que le aplican. La Dirección General Marítima presta servicios a los diferentes usuarios del Transporte Marítimo.
    Transporte Marítimo Internacional y de Cabotaje:

    • Habilitación y permiso de operación de empresas de transporte marítimo nacionales y extranjeras para el transporte de carga y pasajeros, entre puertos nacionales y extranjeros, como servicio regular o en fletamento.
    • Habilitación y permiso de operación de empresas nacionales para el transporte de graneles entre puertos nacionales y extranjeros.
    • Registro de acuerdos de transporte entre armadores nacionales y/o extranjeros para servir tráficos internacionales.
    • Registro de conferencias marítimas (armadores nacionales y/o extranjeros) para servir desde y hacia puertos nacionales y extranjeros.
    • Registro de fletes de empresas de transporte marítimo nacionales y extranjeras que sirven tráficos internacionales, habilitadas y con permiso de operación vigente.
    • Autorización de fletamento o arrendamiento de naves que realizan los armadores nacionales, extranjeros y los usuarios (importadores y exportadores) de servicio internacional y/o de cabotaje.
    • Habilitación y permiso de operación de transportadores no operadores de naves que ofrecen servicios de transporte marítimo internacional.
    • Elaboración de estadísticas de transporte de carga y/o pasajeros de tráfico internacional y de cabotaje.
    • Registro de fletes de las empresas de transporte marítimo, nacionales y extranjeras, que sirvan tráficos de cabotaje e internacional.


    Transporte Fluvial Internacional

    • Habilitación y permiso de operación de empresas de transporte extranjeras para el transporte de carga y/o pasajeros que prestan servicio regular entre puertos fluviales colombianos y extranjeros.
    • Autorización de fletamento y arrendamiento de naves a las empresas de transporte fluvial y/o usuarios que movilizan carga y/o pasajeros en buques de bandera extranjera. 
    • Elaboración de estadísticas de carga y pasajeros movilizados por vía fluvial de tráfico internacional.


    Coordinación Organismos Internacionales
    En cuanto a la política de transporte marítimo se participa activamente en coordinación con los Ministerios de Relaciones Exteriores, Comercio Exterior y Transporte. Como Autoridad Marítima Nacional, Dimar participa activamente en la toma de decisiones en materia de transporte marítimo ante la Organización Mundial del Comercio, el Comité Andino de Autoridades de Transporte Acuático, la Comunidad Andina de Naciones, la Asociación Latinoamericana de Países, la Asociación de Países del Caribe, el Grupo de los Tres, los Acuerdos de Vecindad y los Acuerdos Bilaterales y Multilaterales de Transporte.

    Legislación Comunitaria

    La Comunidad Andina es una organización subregional con personería jurídica internacional, constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú, compuesta por los órganos e instituciones del Sistema Andino de Integración (SAI).

    En consecuencia, la legislación que promulga la Comunidad Andina es de orden supranacional y por ende, de obligatorio cumplimiento para los países miembros.

    Decisión 288 - Libertad de acceso a la carga originada y destinada, por vía marítima, dentro de la subregión.

    Decisión 314 - Libertad de acceso a las cargas transportadas por vía marítima y políticas para el desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino.

    Decisión 390 - Modificación de la Decisión 314. "Libertad de acceso a las cargas transportadas por vía marítima y políticas para el desarrollo de la Marina Mercante del Grupo Andino".

    Decisión 439 - Marco general de principios y normas para la liberalización del comercio de servicios en la Comunidad Andina.

    Decisión 510 - Adopción del inventario de medidas restrictivas del comercio de servicios

    Decisión 544 - Elaboración de estadísticas de transporte acuático de la Comunidad Andina.

    Decisión 659 - Sectores de servicios objeto de profundización de la liberalización o de armonización normativa

    Resolución 1005 - Metodología para la transmisión de datos de transporte acuático de la Comunidad Andina.

    Convenio Colombo-Ecuatoriano

    Reglamento de tránsito marítimo y fluvial transfronterizo colombo-ecuatoriano y para los puertos de buenaventura y manta.

    Decreto 1047 de 1994.

    Guía del Usuario Tramites de Transporte Marítimo y Fluvial Internacional

    La Guía de Usuario de Transporte Marítimo y Fluvial Internacional, busca establecer las directrices para realizar las solicitudes de trámites de transporte marítimo y fluvial internacional que deben adelantar los usuarios del gremio marítimo ante la Dirección General Marítima, buscando que este documento se constituya en una herramienta de consulta para los usuarios en su interacción con Dimar.

    Guía del Usuario Tramites de Transporte Marítimo y Fluvial Internacional

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