Última actualización: 2024-06-14

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¿Cuáles son los requisitos para la cancelación y matricula de una nave o artefacto naval?

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  • ¿Cuáles son los requisitos para la cancelación y matricula de una nave o artefacto naval?
  • 14/06/2024 - 08:08

    Teniendo en cuenta la función establecida en el numeral 9, del artículo 5° del Decreto Ley 2324 de 1984 a la Dirección General Marítima de “Regular, efectuar y controlar la inscripción, registro inspección, clasificación, matrícula y patente de las naves y artefactos navales”, y lo dispuesto en el artículo 28 de la Ley 730 de 2001 en relación con el registro de naves y artefactos navales, se genera el siguiente direccionamiento:

    Cuando se efectué la cancelación de la matrícula de una nave o artefacto naval por cambio de dominio, se deben firmar simultáneamente la cancelación de la matrícula y la nueva con el nuevo propietario. En este sentido los dos trámites, se debe presentar de manera simultánea como si fuera uno solo.

    Puede obtener información de los requisitos para la matrícula de la nave o artefacto naval ingresando a través del siguiente link

    Para obtener información de los requisitos para la cancelación de la matrícula de la nave o artefacto naval  puede dirigirse al Portal Marítimo Colombiano,opción  «Trámites » «Trámites de Naves» «Cancelación de matrículas de naves » «Documentación»

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