Resolución
“Por medio del cual se modifica parcialmente la Parte 4, Títulos 4 y 5 del Reglamento Marítimo Colombiano REMAC No. 2: "Generalidades", y la Parte 3, Título 1 del REMAC 5 “Protección del Medio Marino y Litorales”, en lo concerniente a reglas de delegación y procedimientos para el trámite de concesiones marítimas en aguas, playas, terrenos de bajamar en bienes de uso público”
Por medio de la cual se modifica el Título 2 de la Parte 2 del REMAC 6: “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente al establecimiento de las Tarifas por el uso de Áreas de Fondeo y se dictan otras disposiciones
“Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 25 al Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, mediante el cual se adopta la Resolución A.1156(32) del 15 de diciembre de 2021, emitida por la Asamblea de la Organización Marítima Internacional mediante la cual se acogen las “Directrices para efectuar reconocimientos de conformidad con el sistema armonizado de reconocimientos y certificación (SARC)”.
Por la cual se deroga la Resolución 0794 del 20 de noviembre de 2020, que adicionó el Título 10 de la Parte 3 del REMAC 5: “Protección del Medio Marino y Litorales”, en lo concerniente a la fijación de criterios técnicos y procedimiento para otorgar concesiones en proyectos de desarrollo y/o construcción de infraestructura de generación de fuentes no convencionales de energía renovables - FNCER a realizarse en jurisdicción de la Dirección General Marítima–DIMAR.
“Por medio de la cual se modifica el Capítulo 1 del Título 2 “Centros de Capacitación y entrenamiento de la Gente de Mar”, parte 2 “Gente de Mar” del REMAC 3 “Gente de mar, apoyo en tierra y empresas” mediante el cual se establecen los requisitos para el reconocimiento de los Centros de Formación, Capacitación y Entrenamiento para la gente de mar, sus programas de estudios y prácticas”.
Por medio de la cual se adiciona el artículo 6.2.1.72 al título 1 de la Parte 2 del REMAC 6: “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente al establecimiento de tarifas por servicios que presta la Dirección General Marítima, entre otras disposiciones”
“Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 4 al Título 1 de la Parte 4 del REMAC 3: “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo concerniente a establecer los requisitos para la autorización de los acuerdos de integración operativa de las empresas de practicaje”
“Por medio de la cual se adicionan unas definiciones a la Parte 1 del REMAC 4, y se modifica el Título 1 de la Parte 5 del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, en lo concerniente a la adopción del datum vertical para el sector del Río Magdalena entre el KM0+000 y el
KM27+000 y las aguas jurisdiccionales del Caribe y Pacifico colombiano.
“Por medio de la cual se incorporan unas definiciones a la Parte 1 del REMAC 5 y se adiciona el Capítulo 2 al Título 1 de la Parte 2 del REMAC 5: “Protección del Medio Marino y Litorales”, sobre la designación de zonas para el cambio del agua de lastre en situaciones de emergencia o de incumplimiento de la gestión del lastre”
“Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 16 al Título 9 de la Parte 2 del Reglamento Marítimo Colombiano número 4 (REMAC 4) “Actividades Marítimas” en lo concerniente a la adopción de la Resolución A. 1138(31), de la Asamblea de la Organización Marítima
Internacional, por medio de la cual se establecen los Procedimientos para la Supervisión por el Estado Rector del Puerto”.
“Por medio de la cual se modifica el artículo 6.2.5.5., del Título 5 de la Parte 2 del REMAC 6 “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente a establecer el procedimiento para el pago de los servicios de inspección”
“Por medio de la cual se modifica el Artículo 4.5.3.6 del Título 3 de la Parte 5 del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, referente al Esquema de Cartografía Náutica Nacional -ECNN”
“Por medio de la cual se adiciona el Artículo 6.2.1.70. al Título 1 de la Parte 2 del REMAC 6: “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente al establecimiento de tarifas por servicios que presta la Dirección General Marítima, entre otras disposiciones”.
“Por medio de la cual se adiciona el artículo 6.2.1.68 al Título 1 de la Parte 2 del REMAC 6: “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente al establecimiento de tarifas por servicios que presta la Dirección General Marítima”
“Por la cual se adiciona la Parte 3A del REMAC 4 “Actividades marítimas”, en lo concerniente al establecimiento de los criterios para la matrícula y registro de naves y artefactos navales en la Dirección General Marítima”
“Por la cual se adicionan dos parágrafos a los artículos 6.1.4.1 y 6.1.4.2 del Título 4 de la Parte 1 del REMAC 6 “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente a los seguros que deben constituir los astilleros navales y talleres de reparación naval para efectos de la inscripción
o renovación de licencias de explotación comercial”
“Por medio del cual se modifica el Título 3 de la Parte 4 del Reglamento Marítimo Colombiano -REMAC-No. 2: “Generalidades”, en lo concerniente a la Delegación”
“Por medio del cual se adiciona el Capítulo 9º al Título 1º de la Parte 3 del REMAC 3: “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo
concerniente a la autorización de maniobras de practicaje en dragas con arqueo bruto máximo de 20.000 a pilotos de segunda categoría en la jurisdicción de la Capitanía de Puerto del Urabá y del Darién”
“Por medio de la cual se adicionan unas definiciones a la parte 1 del REMAC 4 y se modifica el Capítulo 1 del Título 1 de la Parte 5 del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, en lo concerniente a la determinación de las especificaciones técnicas para la realización de levantamientos hidrográficos y generación de información batimétrica en los espacios marítimos y fluviales colombianos bajo la jurisdicción de la Dirección General Marítima.”
“Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 3 del Título 1 de la Parte 2 del REMAC 3: “Gente de mar, apoyo en tierra y empresas”, en lo concerniente a determinar los requisitos para la expedición del título de navegación de oficial de puente de altura de primera clase, categoría "a"”.