Ley N° 2191 de 2022
"POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA DESCONEXIÓN LABORAL -LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL"
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"POR MEDIO DE LA CUAL SE REGULA LA DESCONEXIÓN LABORAL -LEY DE DESCONEXIÓN LABORAL"
"POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA LA LEY 80 DE 1993 Y LA LEY 1150 DE 2007"
"POR MEDIO DEL CUAL SE SUSTITUYE EL TÍTULO XI "DE LOS DELITOS CONTRA LOS RECURSOS NATURALES Y EL MEDIO AMBIENTE" DE LA LEY 599 DE 2000, SE MODIFICA LA LEY 906 DE 2004 Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
POR MEDIO DE LA CUAL SE ADOPTA LA FIGURA DE LA DEPURACIÓN NORMATIVA, SE DECIDE LA PÉRDIDA DE VIGENCIA Y SE DEROGAN EXPRESAMENTE NORMAS DE RANGO LEGAL.
POR MEDIO DE LA CUAL SE REFORMA EL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO Y DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO -LEY 1437 DE 2011- Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES EN MATERIA DE DESCONGESTIÓN EN LOS PROCESOS QUE SE TRAM/T AN ANTE LA JURISDICCiÓN
Por la cual se expide el Régimen para los Distritos Especiales
"POR LA CUAL SE MODIFICA LA LEY 270 DE 1996ESTATUTARIA DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
POR MEDIO DEL CUAL SE MODIFICA EL PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO AMBIENTAL, LEY 1333 DE 2009, CON EL PROPÓSITO DE OTORGAR HERRAMIENTAS EFECTIVAS PARA PREVENIR Y SANCIONAR A LOS INFRACTORES y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
Por la cual se desarrollan los Artículos 70, 71 y 72 y demás Artículos concordantes de la Constitución Política y se dictan normas sobre patrimonio cultural, fomentos y estímulos a la cultura, se crea el Ministerio de la Cultura y se trasladan algunas dependencias.
Por medio de la cual se aprueba el «Convenio Internacional de Constitución de un Fondo Internacional de Indemnización de Daños Causados por la Contaminación de Hidrocarburos», suscrito en Bruselas el 18 de diciembre de 1971 y su Protocolo Modificatorio del 19 de noviembre de 1976.
"Por medio de la cual se aprueba el «Protocolo de 1988 relativo al convenio internacional sobre líneas de carga, 1966, (Enmendado)», y el «Protocolo de 1988 relativo al convenio Internacional para la seguridad de la vida humana en el mar, 1974, (Enmendado)», adoptados en Londres el 11 de noviembre de 1988.”
“Por medio de la cual se adiciona una definición y un artículo del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 3 del REMAC 3 “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo concerniente a la definición de una maniobra de practicaje y al establecimiento de unos criterios operativos para la realización de la misma.”
Por la cual se crean y organizan grupos internos de trabajo en la Dirección General Marítima, se asignan funciones y se dictan otras disposiciones.
Por medio de la cual se adiciona un parágrafo al artículo 6.2.7.9 del Título 7 de la Parte 2 “Tarifas” del REMAC 6 “Seguros y Tarifas”
“Por medio de la cual se modifica el Título 2 de la Parte 2 del REMAC 2: “Generalidades”, en lo concerniente a la Capitanía de Puerto de Arauca”
“Por medio de la cual se adiciona el capítulo 30 al Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante la cual se determinan las prescripciones de los instrumentos internacionales que se dejan “a juicio de la administración”
Por medio de la cual se modifica un artículo del Capítulo 7 del Título 1 de la Parte 3 del REMAC 3 “Gente de Mar, Apoyo en Tierra y Empresas”, en lo concerniente al establecimiento de criterios operativos para la realización de maniobras de reviro en dársenas restringidas con navegación marcha atrás en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Buenaventura.
Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 28 al Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima” del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones por medio de las cuales se adopta y modifica el Código de Formación, Titulación y Guardia para la gente de mar, Código de Formación, de obligatorio cumplimiento por disposiciones de la ley 35 de 1981, mediante la cual se adoptó el Convenio Internacional para la formación, titulación y guardia de la gente de mar, de 1978, enmendado
Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 29 al Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima” del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones del Comité de Seguridad Marítima y de las Conferencias de las Partes por medio de las cuales se modifican el Convenio Internacional para la Formación, Titulación y Guardia de la gente de mar, 1978, enmendado, en lo relativo al Anexo.
“Por medio de la cual se adiciona el artículo 6.2.1.57 al Título 1 de la Parte 2 del REMAC 6: “Seguros y Tarifas”, en lo concerniente al establecimiento de tarifas por servicios que presta la Dirección General Marítima”
Por medio de la cual se modifica el Capítulo 12 del Título 1 de la Parte 2 “Seguridad Marítima “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones del Comité de Seguridad Marítima por medio de las cuales se adopta y modifica el Código Internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS)
Por medio de la cual se modifica el Capítulo 6 del Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acoge el Código Internacional sobre el Programa Mejorado de Inspecciones durante los Reconocimientos de Graneleros y Petroleros, 2011 (Código ESP 2011).
Por medio de la cual se modifican unos artículos del Capítulo 10 “Convenio Internacional para prevenir la contaminación por buques de 1973 modificado por el protocolo de 1978” del Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima” del REMAC 4 “Actividades Marítimas”
Por medio de la cual se modifica el Capítulo 4 del Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4: “Actividades Marítimas”, Código Marítimo Internacional de Cargas Sólidas a Granel (Código IMSBC)
Por medio de la cual se modifica la Sección 1 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 2 “Seguridad marítima” del REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, las que establecen el “Código Internacional para la Aplicación de Procedimientos de Ensayo de Exposición al Fuego, 2010” (Código PEF 2010)
Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 27 al Título 9 “Instrumentos Internacionales de la OMI” 1 a la Parte 2 “Seguridad Marítima del “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones del Comité de Seguridad Marítima por las cuales se adopta y modifica el Código Internacional de seguridad para los buques que utilicen gases u otros combustibles de bajo punto de inflamación (Código IGF).
Por medio de la cual se modifica el Capítulo 10 del Título 1 de la Parte 2 “Seguridad Marítima “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, en lo relacionado con el Código Internacional de Estabilidad sin Avería, 2008 (CÓDIGO IS 2008).
Por la cual se reglamenta el trámite interno de respuesta de las peticiones, quejas reclamos, sugerencias y denuncias (PQRSD) en la Dirección General Marítima, se reiteran las normas legales aplicables, entre otras disposiciones.
“Por medio de la cual se modifican y adicionan unos artículos al Capítulo 1 del Título 9 de la Parte 2 “Seguridad Marítima “REMAC 4 “Actividades Marítimas”, mediante el cual se acogen unas resoluciones del Comité de Seguridad Marítima de la OMI, por medio de las cuales se adicionan y modifican unos capítulos del Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS enmendado), incorporado a la legislación nacional mediante la Ley 8 de 1980”
Por medio de la cual se adiciona el Capítulo 17 al Título 9 de la Parte 2 del REMAC 4 “Actividades Marítimas,” en el sentido de acoger la Resolución MEPC.237(65) del Comité de Protección del Medio Marino y la Resolución MSC 349(92) del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, por medio de las cuales se establece el Código para las Organizaciones Reconocidas (CÓDIGO OR)